[Saltar al contenido]
Imagen Contextual

Consulta Estado de Inscripción  APNFDs

 

"Según lo dispuesto por la Ley 7786, las personas físicas y jurídicas que realicen las actividades dispuestas en los artículos 15 y 15 Bis de la Ley 7786, deben de inscribirse ante esta Superintendencia y estar sujetos a la regulación y supervisión únicamente sobre los temas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Estas actividades se conocen como "Actividades y profesiones no financieras designadas" (APNFD)

 

Se advierte al público en general que la inscripción ante esta Superintendencia NO ES UNA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR. Se aclara que la SUGEF no supervisa los negocios que realizan esos sujetos, ni vela por la seguridad, estabilidad ni solvencia de esos negocios, ni se supervisan las operaciones ni transacciones que realizan con sus clientes, de modo que las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo.

 

 

Contáctenos
Consultas Artículo 15 y 15 BIS
Ver lista de contactos en la sección "Contáctenos" de la barra de menú
Nuestra Ubicación
Atención al público: (506) 2243-4848
Correo electrónico: sugefcr@sugef.fi.cr
Avenida 13 y 17, calle 3a, frente a las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
San José, Barrio Tournón, Costa Ric a
Formulario de consulta
|/contactenos/include/formulario_consultas.html