
¿Cuáles son los reportes que se deben entregar
en SICVECA?
El reglamento SUGEF 13-19 y los
lineamientos generales al reglamento, establecen en su artículo 22 y respectivo
numeral, que el sujeto obligado debe remitir a la Superintendencia los reportes
de operaciones en efectivo y otros medios de pago por sumas mayores o iguales a
US$10 000.00, para todas las actividades, con excepción de las que se detallan
y para las cuales se establecen montos diferenciados:
• Comerciantes de metales y piedras
preciosas, cuyo monto es US$15 000.00
• Casinos
por un monto de US$3 000.00
• Organizaciones
sin fines de lucro y Remesas y Transferencias, por un monto de US$1 000.00
Los reportes deben
presentarse en los 20 días naturales siguientes a partir del cierre del último
día del período anterior. Seguidamente
se le muestra la información de los períodos a presentar por tipo de Sujeto
Inscrito:
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información, envíe sus consultas al correo electrónico:
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