¿Cuáles son los reportes que se deben entregar en SICVECA?
El reglamento SUGEF 13-19 y los lineamientos generales al reglamento, establecen en su artículo 22 y respectivo numeral, que el sujeto obligado debe remitir a la Superintendencia los reportes de operaciones en efectivo y otros medios de pago por sumas mayores o iguales a US$10 000.00, para todas las actividades, con excepción de las que se detallan y para las cuales se establecen montos diferenciados:
• Comerciantes de metales y piedras preciosas, cuyo monto es US$15 000.00
• Casinos por un monto de US$3 000.00
• Organizaciones sin fines de lucro y Remesas y Transferencias, por un monto de US$1 000.00
Los reportes deben presentarse en los 20 días naturales siguientes a partir del cierre del último día del período anterior.Seguidamente se le muestra la información de los períodos a presentar por tipo de Sujeto Inscrito:
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20/06/2024-
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20/06/2024
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APNFD_Manual_Operativo_ XML_SICVECA_V4.doc
APNFD_Preguntas Frecuentes_Uso SICVECA V3.pdf
PDF
Manual de usuario SICVECA V1.pdf
25/01/2024
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