CARTA CIRCULAR EXTERNA 11-00

5 de abril, 2000

A los gerentes de las Entidades Supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras

Asunto:  Aspectos a tener en cuenta para la generación, validación y envío de los   datos  de las clases Contable y Crediticia para el cierre del mes de marzo del 2000

Considerando que:

  1. A raíz de la entrada en operación del nuevo sistema para la generación, verificación, envío y carga de los datos que las entidades supervisadas deben enviar a la SUGEF, se ha presentado una alta tasa de rechazo de datos, particularmente como consecuencia de problemas de cuadratura entre los datos de las clases Contable y Crediticia.
  2. La mayor parte de este problema se deriva de errores de registro en las entidades supervisadas. Otra parte es provocada por el Plan de Cuentas, el cual debe adecuarse para que permita, entre otras cosas, reflejar la necesaria consistencia entre ambos tipos de datos.
  3. Derivado del punto anterior, la versión actual del Sistema Ingresador de Datos, Módulo de Cartera (versión 6.2) presenta un problema en la opción Verificación/Cuadratura, que afecta a algunas de las entidades supervisadas. Esta opción es la que le permite a la entidad determinar la consistencia de los datos de las clases Contable y Crediticia, antes de su envío a la SUGEF.
  4. Esta versión también presenta algunos inconvenientes para informar los datos de los Grupos de Interés Económico.

Dispone:

  1. Se recomienda no utilizar la opción Verificación/Cuadratura del Sistema Ingresador de Datos, para la verificación de cuadratura de los datos con corte a marzo del 2000 en adelante.
  2. Tener presente que los saldos de las cuentas 13114000 “Compra de títulos con pacto de reventa vigentes”, 13214000 “Compra de títulos con pacto de reventa vencidas” y 13314000 “Compra de títulos con pacto de reventa en cobro judicial”,  deben remitirse  en el archivo de Títulos Valores del Sistema Ingresador de Datos, Módulo de Cartera, y no en el archivo de cartera clasificada (opciones para registrar Deudores, Operaciones y Cuotas Atrasadas, del mismo ingresador).
  3. Las entidades supervisadas deben realizar la verificación de cuadratura de los datos de las clases Contable y Crediticia según la siguiente fórmula:
  4.  

    Saldo_Cartera= 13100000 - ( 13116000 + 13114000 ) +
    13200000 - ( 13216000 + 13214000 ) +
    13300000 - ( 13316000 + 13314000 ) +
    13800000 +
    61000000 - ( 61201000 + 61203000 + 61400000 + 61500000 + 61600000 )

     

  5. Debe tenerse presente que la aplicación informática que carga los datos a la base de datos en la SUGEF, realiza el proceso de cuadratura indicado en el punto anterior a nivel de cada elemento de la fórmula y no solo de manera global. Por ello, les recordamos que debe implementarse como procedimiento rutinario la verificación del proceso de envío, recepción y carga de los datos mediante la extranet, la cual proporciona en forma detallada los errores del proceso.

  6. Los datos con corte a marzo del 2000 en adelante deben ser generados y validados mediante un nuevo archivo ejecutable  de la versión 6.2 del módulo de Cartera del Sistema Ingresador de Datos, el cual está siendo distribuido mediante correo electrónico. Aquellas entidades que no disponen de ese servicio, o que por alguna razón no lo han recibido, se les ruega comunicarse con la Unidad de Operaciones del Departamento de Informática de la SUGEF, al teléfono 256-2010, ext. 899 o 517.
  7. Bernardo J. Alfaro A.
    Superintendente General