CARTA CIRCULAR EXTERNA SUGEF 10-97

29 de mayo de 1997

A LOS GERENTES DE LOS BANCOS ESTATALES, PUBLICOS, PRIVADOS, COOPERATIVOS, SOLIDARISTAS, MUTUALES DE AHORRO Y PRESTAMO Y ENTIDADES FINANCIERAS NO BANCARIAS SUJETAS A LA FISCALIZACION DE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS

(Excepto de las Organizaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito)

ASUNTO: Módulo "Encaje Mínimo Legal" del "Sistema Ingresador de Datos"

La Superintendencia General de Entidades Financieras considerando que:

  1. Mediante el Artículo 8, numerales 1 y 2, del Acta de la Sesión 4912-97, celebrada el 7 de mayor de 1997, se dispuso modificar el inciso a) de los numerales 1 y 2, del literal A, del Capítulo III, Título III de las "Regulaciones de Política Monetaria" de manera que sean sujetas de encaje legal las "Obligaciones por cheques presentados al cobro por otras entidades mediante la Cámara de Compensación".
  2. El Sistema Ingresador realizaba los respaldos de la información de encaje legal con un mismo nombre para las dos quincenas del mes y que además el mismo no permitía el cambio de período a efectos de volver a enviar alguna información una vez hecho el cambio de período, teniendo las entidades que solicitar a la SUGEF un archivo para tal efecto.

DISPONE:

  1. Proveer a las entidades de la versión 3.2 del Sistema Ingresador para Encaje Legal en el cual se agrega la cuenta "Obligaciones por cheques presentados al cobro por otras entidades mediante la Cámara de Compensación".
  2. Modificar la opción de respaldos en el Sistema Ingresador de manera que la información de períodos anteriores pueda ser accesada por las entidades fácilmente.
  3. Facilitar el documento con las actualizaciones al capítulo X del Manual de Información para el Sistema Financiero, a través de la Pizarra Electrónica de Datos (BBS), en la lista de archivos de actualizaciones bajo el nombre CAP10.EXE.
  4. Remitir un anexo con el resumen de cambios realizados al Sistema Ingresador de encaje legal y al capítulo X del Manual de Información para el Sistema Financiero.
  5. Las entidades deberán hacer uso de la versión 3.2 del Sistema Ingresador de Encaje Legal que se adjunta, para el envío de la información a partir de la primera quincena de junio de 1997.

Cualquier información al respecto, le solicitamos canalizarla por medio del teléfono 256-2010, extensiones 461 ó 460, Departamento de Servicios Técnicos, Sección Administración de Información.

Atentamente,


Maggie Breedy
Superintendente General de Entidades Financieras


RESUMEN DE CAMBIOS REALIZADOS AL SISTEMA INGRESADOR DE ENCAJE LEGAL Y AL CAPÍTULO X DEL MANUAL DE INFORMACION

  1. Se crearon las siguientes cuentas de exigibilidad inmediata.

  2. MONEDA NACIONAL

    11108 Obligac. por cheques presentados al cobro por otras entid. med. Cámara Compens.

    MONEDA EXTRANJERA

    21209 Oblig. Por cheques presentados al cobro por otras entid. med. Cámara Compens.

    En estas cuentas se deberá registrar el monto de los cheques librados a cargo de la entidad por sus cuentas correntistas, que son presentados al cobro por otras entidades mediante la Cámara de Compensación, hasta el momento en que sean pagados. De tal forma dichos montos serán trasladados de la cuenta 11101 moneda nacional y 21201 moneda extranjera (Obligaciones en cuenta de cheques), a las cuentas 11108 y 21209 respectivamente.

  3. En esta nueva versión la opción de respaldo en el menú. Mantenimiento generará un archivo diferente para cada quincena de la siguiente manera:

Si la información que se está respaldando corresponde a la primera quincena de mayo de 1997, se generará un archivo con el nombre E010597.EBK, si la información corresponde a la segunda quincena el archivo llevará el nombre E020597.EBK. Donde 01 y 02 se refieren a la primera o segunda quincenas, 05 es el mes y 97 el año.

Estos archivos a su vez tienen incorporado el período, de tal forma que al recuperarlos también se recupera el archivo período, evitándose el tener que solicitar dicho archivo a la SUGEF como se ha hecho hasta ahora.