Solicitar a las entidades financieras así como a los grupos y conglomerados financieros para que, en un plazo que no exceda de 5 días hábiles contados a partir del recibo de esta circular, informen por escrito a esta Superintendencia sobre lo siguiente:
La existencia de comités de auditoria con alcances a nivel de las entidades individuales, el grupo o conglomerado financiero.
La cantidad de personas que integran el comité, el nombre y la posición que ocupan dentro del comité y en la entidad, grupo o conglomerado financiero o, en su defecto, si son personas independientes de la organización.
Si cuentan con un reglamento. Describir de manera breve sus principales alcances.
Indicar hacia cuál instancia reportan dichos comités.
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General de Entidades Financieras
BAA/RPC/vzb