COMUNICADO DE PRENSA

14 de setiembre, 2005

La Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) recibió el pronunciamiento C-320-2005 de la Procuraduría General de la República, el día 6 de setiembre del presente año, el cual indica que esta Superintendencia no tiene potestades para supervisar a los bancos domiciliados en el exterior e integrantes de los grupos financieros costarricenses.

A la fecha, seis Grupos Financieros sujetos a la supervisión de SUGEF poseen bancos domiciliados en el exterior.  Los activos totales de estas entidades extranjeras ascienden a $1.724,6 millones, monto que representa, en conjunto, un 70% del total de activos de los bancos locales integrantes de esos mismos Grupos Financieros, con cifras al 30 de junio del 2005.

La SUGEF sólo puede tener acceso a la información que se establece en los artículos 145 y 147 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Por lo tanto, se encuentra inhibida para exigir la presentación de información detallada de la entidad domiciliada en el extranjero, salvo estados financieros, información agregada sobre calidad, riesgos y concentración de los activos, operaciones que esas entidades realizan con otras entidades miembros del grupo y composición del capital social.  Por no tener acceso a los registros individuales en los bancos, existe una limitación legal fundamental para verificar la razonabilidad de la información de los bancos domiciliados en el exterior.

En razón de todo lo anterior, la SUGEF suspenderá el programa para alcanzar la supervisión efectiva de dichos bancos domiciliados en el exterior, cancelando a partir de esta fecha las visitas de inspección y de verificación de la situación financiera de esas entidades. La SUGEF hace del conocimiento inmediato del público dicha situación.

No obstante, la SUGEF ofrece la posibilidad de que  bancos domiciliados en el exterior integrantes de un grupo financiero costarricense, que por acuerdo de su Asamblea de Accionistas voluntariamente se comprometan a brindar a la SUGEF toda la información que esta requiera para llevar a cabo una supervisión consolidada efectiva, puedan ser considerados como entidades supervisadas, lo cual permitiría requerir a la entidad controladora realizar los ajustes que se estimen necesarios para el manejo adecuado de los riesgos del grupo. La SUGEF ha venido elaborando nueva normativa para valorar los activos de los intermediarios financieros, la cual se espera aplicar pronto a los intermediarios financieros locales y a aquellos bancos del exterior, miembros de un grupo financiero, que acepten voluntariamente ser supervisados.  Como tal, no existe plazo límite para que las entidades decidan someterse voluntariamente a la supervisión de la SUGEF.